El consumo compartido es un concepto sencillo, que consiste en la tenencia de drogas que van a ser destinadas a su consumo por varias personas. De otro lado, el ARTÍCULO 376 CP permite rebajar las penas del artworkículo 368 en un grado, conforme ya se ha explicado, o incluso https://abogadostraficodrogas.com/abogado-penalista-internacional/habla-espanol-madrid