3. No obstante las disposiciones de los apartados 1 y 2, las remuneraciones obtenidas por razón de un empleo ejercido a costado de un buque o aeronave explotado en tráfico internacional pueden someterse a imposición en el Estado contratante en que esté situada la sede de dirección efectiva de https://enquepaisesnohayextradici44218.tinyblogging.com/un-arma-secreta-para-abogados-en-rennes-francia-73644433