4.º Se entenderá como «riesgo laboral grave e inminente» aquel que resulte probable racionalmente que se materialice en un futuro inmediato y pueda suponer un daño bajo para la salud de los trabajadores. Si has docto mis publicaciones anteriores, puede que sepas que yo aún he luchado con aspectos de https://martine135oop4.thenerdsblog.com/profile