Incapacidad temporal: si el accidente deriva en una incapacidad temporal que impide al trabajador realizar sus funciones habituales, este tiene derecho a acoger una prestación económica desde el día siguiente al accidente. Igualmente se considera accidente de trabajo el que se produzca durante el traslado de los trabajadores o contratistas https://ralstonk925pux2.thenerdsblog.com/profile